EL 25/11/2013 entro en vigencia la Ley 19161 por la que se adecuan las normas de subsidio por nacimiento.
La ampliación de Licencia Maternal es uno de cambios que incorpora esta Ley y consiste en la extensión de esta licencia en 14 días, los cuales se agregan a la licencia post nacimiento.
A aquellas usuarias que estén usufructuando la licencia maternal (ya sea que aun estén embarazadas o que halla nacido su Bebe) se le extenderá automáticamente su licencia post nacimiento.
Para saber su nueva fecha de reintegro deberán informarse en su empresa, ya que el BPS les brindara este dato, o llamar a informes de BPS Tel 21997
Las Embarazadas que tramiten su licencia a partir del 25/11, el programa de BPS les asignara directamente los 42 días antes del nacimiento y los 56 días posteriores.
También se amplia a 6 días la licencia para el padre del bebe, la cual se ira acrecentando gradualmente hasta completar los 10 días en diciembre del 2016.
Otro de los beneficios de esta ley es la incorporación del régimen de medio horario de trabajo para la mama, el cual podrá realizar desde que termina su licencia maternal hasta los 4 meses de vida de su bebe.
En el caso de que la madre no se ampare al beneficio del medio horario, el padre pondrá optar por tener dicho beneficio.
Cabe destacar que las licencias maternales de nuestras socias trabajadoras afiliadas a través de FONASA se tramitan en dependencias administrativas de La Asistencial, y el trámite de licencia paternal así como el medio horario de trabajo se gestiona en BPS.
Por más información los usuarios deberán llamar informes de BPS Tel.: 21997